Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)


Condena impuesta por reparación integral del daño no se puede compensar con el pago de la pensión de sobrevivientes (10:45 a.m.)

81030

08 de Mayo de 2012

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis
Ante un accidente de trabajo, no se puede compensar la condena impuesta al empleador por reparación plena de perjuicios con las sumas recibidas por el pago de la pensión de sobrevivientes a cargo de la ARP, porque son obligaciones diferentes. Así lo reiteró la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, al aclarar que las entidades de seguridad social no deben asumir las indemnizaciones originadas en accidentes de trabajo que ocurran por culpa del empleador, pues no pueden reducir la carga patrimonial de este, quien tiene toda la responsabilidad ordinaria (M.P. Jorge Mauricio Burgos).

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)