Conciliada reforma al sistema de riesgos profesionales (4:02 p.m.)
15 de Junio de 2012
Reproducir
Nota:
81616
La mayoría de artículos del proyecto de reforma al sistema de riesgos profesionales proviene del texto aprobado por la Cámara de Representantes, así lo decidió la comisión nombrada para unificarlo. En adelante, se denominará sistema de riesgos laborales. De firmarse esta ley, se considerará accidente de trabajo cualquier suceso que por razones laborales produzca una lesión orgánica, perturbación funcional o psiquiátrica, invalidez o la muerte. También, el que ocurra durante la ejecución de órdenes del empleador o contratante fuera del lugar y horas laborales. Igualmente, si durante el traslado de los trabajadores hay un accidente, y el transporte lo suministra el empleador, o si ocurre en actividades recreativas, deportivas o culturales en representación del empleador o de la empresa usuaria, cuando se trate de empresas de servicios temporales. Finalmente, el incumplimiento de los programas de salud ocupacional acarrearía multa de hasta 500 salarios mínimos mensuales para el empleador.
Opina, Comenta