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Actualizado hace 3 hours | ISSN: 2805-6396

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ATENCIÓN: Procuraduría respalda reducir cotización a salud de pensionados

15 de Febrero de 2018

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La Procuraduría General de la Nación, en reciente concepto, solicitó a la Corte Constitucional declarar infundadas las objeciones del Gobierno Santos frente al proyecto de ley que reduce la cotización mensual al régimen contributivo de salud de los pensionados (P. L. 170/16S-062/15C) y pidió que los efectos de la norma rijan a partir de su promulgación.

 

Mediante esta iniciativa se busca modificar el inciso 2° del artículo 204 de la Ley 100 de 1993para disminuir el aporte al Sistema General de Seguridad Social en Salud que realizan los pensionados de Colombia, que actualmente se encuentra en 12 %.

 

La propuesta es reducir el aporte al 4 % del ingreso de la respectiva mesada pensional, sin importar la cuantía. En otras palabras, los pensionados pagarían 8 % menos, con lo cual, de acuerdo a cifras dadas por uno de los ponentes, se beneficiarían dos millones de personas.

 

El Ministerio Público recordó la importancia de la norma constitucional que afirma que la sostenibilidad fiscal no debe ser entendida como una barrera para restringir el alcance o protección efectiva de los derechos fundamentales, sino como un imperativo de búsqueda de alternativas para su efectiva concreción.

 

Así pues, solicitó a los magistrados de este alto tribunal que, en caso de que el “único vicio del proyecto” estuviera fundado en la escasez de recursos evalúe la posibilidad de modular su aplicación y armonice así la progresividad con la viabilidad de las políticas legislativas objeto de juicio.

 

Finalmente, el ente de control ratificó que los pensionados conforman un grupo de especial protección constitucional y, por esta razón, el Legislativo puede otorgarles un trato preferencial con el fin de hacer efectivo el principio de solidaridad.

 

Se debe recordar que ante las objeciones presentadas hace varios meses por el Ejecutivo a la iniciativa, la comisión accidental le solicitó a las plenarias del Senado y de la Cámara negarlas, lo cual en efecto sucedió.

 

Lo anterior toda vez que no existen argumentos que permitan hablar de una inconstitucionalidad o inconveniencia del proyecto. Por el contrario, siempre según la comisión, se demostró que la medida favorece las condiciones de vida de los pensionados como sujetos de especial protección y desarrolla claramente el postulado del Estado social de derecho.

 

Además, indicó que la medida adoptada en el proyecto no viola los principios de iniciativa legislativa, progresividad, solidaridad, impacto fiscal ni sostenibilidad fiscal. (Lea: Congreso rechazaría objeciones presidenciales a iniciativas en materia pensional)

 

Algunas de las objeciones contra esta reforma precisan:

 

        I.            Vicios de trámite.

 

      II.            Creación de un beneficio tributario sin el aval del Gobierno.

 

    III.            Vulneración de los principios de equidad y progresividad en materia tributaria y

 

    IV.            Violación de los principios de solidaridad y progresividad de la seguridad social, entre otros. 

 

Esto quiere decir que la última palabra la tendrá el máximo juez de la Constitución colombiana al resolver, en sede de revisión, si reducir la cotización mensual al régimen contributivo de salud de los pensionados, del 12 % al 4 %, está o no acorde con la Carta Política de 1991.

 

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