Afiliar al trabajador en riesgos profesionales no implica la pérdida de su afiliación al régimen subsidiado (4:05 p.m.)
28 de Junio de 2012
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Nota:
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Para afiliar a un trabajador al sistema de riesgos profesionales es necesario demostrar que el mismo está afiliado a los sistemas de salud y pensiones, cuyo deber está en cabeza del empleador. Por lo tanto, no se puede afirmar que la afiliación a riesgos profesionales implique la pérdida de afiliación al régimen subsidiado en salud, pues esta última se suspende durante el tiempo en que el empleador mantenga afiliado al trabajador en el régimen contributivo, señaló el Ministerio de Salud. Si el empleador no cumple con el deber de afiliar al trabajador al régimen contributivo, debe asumir como sanción no solo las prestaciones económicas que no pague el sistema en materia de licencias e incapacidades, sino los costos que genere la atención en salud, tal y como lo establece el artículo 161 de la Ley 100 de 1993, precisó la entidad.
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