Aclaran competencia de tribunal arbitral para revolver aspectos relacionados con el subsistema de salud (8:00 a.m.)
18 de Abril de 2016
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Nota:
106545
A través de un exhaustivo análisis jurisprudencial, la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia precisó que el tribunal arbitral tiene competencia para resolver aspectos relacionados con el subsistema de seguridad social en salud, siempre que dicho pronunciamiento esté encaminado a superar los mínimos previstos en la ley y no suponga una afectación estructural y funcional del sistema. Hay que recordar que los árbitros no pueden crear pagos adicionales por incapacidades, en la medida que son las partes involucradas en el conflicto las llamadas a convenir libremente ese aspecto; sin embargo, aclara la Sala, tal postura, ha ido evolucionando a través de diferentes sentencias emitidas respecto al tema, razón por la cual el alto tribunal concluyó que existe una jurisprudencia consolidada que acepta la posibilidad de los árbitros de pronunciarse y conceder prestaciones adicionales a las previstas en el sistema de seguridad social, siempre que seas respetadas las normas imperativas de orden público (C.P. Clara Dueñas).
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