Accidente de trabajo en parqueadero subsidiado por el empleador debe ser determinado por el juez ordinario (9:42 a.m.)
12 de Julio de 2016
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Nota:
124725
De acuerdo con lo previsto en la Ley 1562 del 2012, sistema de riesgos laborales, toda ocurrencia de un suceso repentino por causa o con ocasión del trabajo que genere alguna lesión orgánica a un trabajador, invalidez o muerte configura accidente de trabajo, situación fáctica donde el nexo de conexidad entre el riesgo creado por el trabajo debería estar presente aun cuando el trabajador no esté ejecutando labores correspondientes a su cargo, pero cumpliendo órdenes de su empleador. Sin embargo, precisó el Ministerio del Trabajo, corresponde al juez ordinario laboral evaluar las circunstancias fácticas que rodearon el acontecimiento y determinar el origen del accidente, teniendo en cuenta las prueba obrantes en el proceso. En el caso bajo análisis, se presentó un accidente en un parqueadero particular que una empresa subsidia a sus trabajadores.
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