La mala fe del empleador no se restringe a la presencia de dolo en la mora para pagar prestaciones (9:27 a.m.)
04 de Noviembre de 2011
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Nota:
76996
La Corte Suprema de Justicia señaló que el concepto de mala fe para condenar al empleador por la demora en el pago de prestaciones no se restringe a la presencia de dolo en esa omisión, sino que incluye otros factores como la apatía, la dejadez, la negligencia y el desinterés de no pagar. La Sala Laboral afirmó que el trabajador no está llamado a soportar la indiferencia del empleador en el reconocimiento de sus derechos. De esta forma, reprochó la conducta de una entidad que después de la contestación a una solicitud de reconocimiento de tiempos suplementarios expidió dos años después una resolución que disponía el pago, pero aún así, no lo efectuó (M.P. Francisco Javier Ricaurte Gómez).
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