La calidad de funcionario no varía por acuerdo entre las partes o la certificación de un sindicato (11:25 a.m.)
111374
13 de Junio de 2019
Escucha esta noticia audio generado con IA
Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis
Una providencia de la Corte Suprema de Justicia concluye que la calidad de funcionario público no se puede derrumbar con instrumentos colectivos de trabajo ni con certificaciones expedidas por un sindicato. Según la Corte, solamente la ley es la que determina tal condición y, por esa razón, un acuerdo entre las partes o la certificación del sindicato no pueden variar dicha calidad, en tanto se estaría trasgrediendo el principio de legalidad. Encuentre la aplicación de esta tesis en la resolución del caso concreto objeto de estudio (M. P. Donald José Dix Ponnefz).
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!