La afiliación al sistema de seguridad social bajo una relación laboral inexistente es una conducta fraudulenta del empleador (3:59 p.m.)
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27 de Abril de 2011
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Además de las sanciones y multas en que puede incurrir el empleador, afiliar a alguien al sistema integral de seguridad social bajo el argumento de una relación laboral inexistente, con el fin de que se beneficie de las prestaciones económicas y asistenciales del mismo, es una conducta fraudulenta, precisó el Ministerio de la Protección Social. Una condición indiscutible para que surja la obligación de afiliación tanto al sistema referido como a un fondo de cesantías y a una caja de compensación familiar es la existencia de un vínculo de carácter laboral, recordó la entidad.
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