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Juez no puede ordenar incremento salarial sin respaldo normativo (4:44 p.m.)

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02 de Mayo de 2013

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La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia reiteró que ningún juez puede ordenar un incremento salarial que no tiene respaldo en el ordenamiento jurídico. Al respecto, indicó que únicamente las partes del vínculo laboral o el legislador tienen la potestad de determinar libremente la remuneración en sus diversas modalidades, con respeto del salario mínimo legal o el fijado en convenciones colectivas y fallos arbitrales. En efecto, los juzgadores no deben manejar la economía en contra de la ley e ignorar los aumentos generales de salario según variables como la productividad, el crecimiento del producto interno bruto, la inflación y el empleo, añadió el alto tribunal (M. P. Jorge Mauricio Burgos).

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