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Juez debe abstenerse de aplicar disposiciones legales regresivas aún frente a situaciones consolidadas (4:05 p.m.)

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03 de Junio de 2016

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Aun cuando una norma se haya declarado inexequible con posterioridad a que las situaciones jurídicas derivadas de su aplicación se hayan consolidado, si aquella constituye un obstáculo para obtener un derecho pensional, el juzgador está en la facultad de inaplicarla, en atención al principio de progresividad, reiteró la Sala Laboral de la Corte Suprema.  Esa es la tesis que ha sostenido el alto tribunal sobre los efectos que debe surtir la declaratoria de inexequibilidad de una determinada disposición en materia de seguridad social que haya impuesto un requisito que el juez de la Carta encuentra contrario a preceptos superiores por ser abiertamente regresivo. En esos eventos, advierte el fallo, ante la existencia de una previsión legal que desconoce el principio de progresividad, “el cual irradia las prestaciones de la seguridad social”, el juzgador debe abstenerse de aplicar la disposición regresiva. Sin embargo, recalca, ello no supone su inaplicabilidad general, pues frente a quienes no resulte regresiva y consolide el derecho durante el tiempo que tuvo vigor debe surtir plenos efectos (M. P. Clara Cecilia Dueñas).

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