IPS deben registrar cuentas bancarias, para ser beneficiarias del giro directo de recursos del régimen subsidiado (11:35 a.m.)
15 de Abril de 2013
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Nota:
87600
Para ser beneficiarias del giro directo de recursos del régimen subsidiado, las instituciones prestadoras de servicios de salud (IPS) deben realizar el registro de su cuenta bancaria ante el Ministerio de Salud, teniendo en cuenta los requisitos previstos en la Resolución 2320 del 2011. Los montos girados a la red se descuentan de los que corresponden a cada EPS y deben ser aplicados por los prestadores de acuerdo a los contratos suscritos.
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