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Invocación de cánones constitucionales en el recurso de casación requiere precisión de aspectos sustantivos (3:53 p.m.)

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28 de Mayo de 2014

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Cuando se invoquen en el recurso extraordinario de casación cánones constitucionales como violación por parte del juez de alzada, debe precisarse el aspecto sustantivo de los mismos, ya que, por regla general, de ellos no es posible derivar de manera directa los derechos materiales objeto del litigio y que son definidos en la sentencia atacada, como sería el caso de la pensión de vejez, precisó la Corte Suprema de Justicia. Además de indicar la modalidad de violación, es decir, infracción directa, aplicación indebida o interpretación errónea, es necesario acreditar la vulneración, haciendo un contraste entre la adecuada existencia y validez y los presuntos yerros que endilga el recurrente (M.P. Luis Gabriel Miranda Buelvas).

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