Interesado en una pensión de sobrevivientes o en el pago de mesadas adeudadas debe consultar el procedimiento (2:43 p.m.)
11 de Abril de 2014
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Nota:
96234
La persona interesada en que le reconozcan una pensión de sobrevivientes o le paguen mesadas pensionales adeudadas a una persona fallecida debe dirigirse a Colpensiones o al fondo privado de pensiones que manejaba los aportes de dicha persona y consultar el procedimiento a seguir para el efecto, indicó la Superintendencia de Notariado y Registro. La entidad recordó que el cónyuge sobreviviente es el hombre o mujer que estaba unido con el fallecido por matrimonio o unión marital de hecho. Sobre esta última, indicó que debe estar declarada su existencia y, como tal, aportar el documento que lo acredite.
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