Inhabilidad para ser testigo instrumental testamentario no se configura por la mera existencia de vínculo laboral (9:43 a.m.)
04 de Julio de 2014
Reproducir
Nota:
61498
La Corte Suprema de Justicia decidió no casar una sentencia que concluyó que la inhabilidad para ser testigo instrumental testamentario, que señala el numeral 14 de artículo 1068 del Código Civil, no se configura por la mera existencia de un vínculo laboral entre quien actúa como tal y el testador o su cónyuge. Al respecto, recordó que esa sola circunstancia no comporta, indefectiblemente, que el trabajador esté en una situación de dependencia tal que disminuya su credibilidad e imparcialidad (M. P. Ariel Salazar Ramírez).
Opina, Comenta