Indican la distribución de honorarios en las juntas de calificación de invalidez (8:00 a.m.)
25 de Abril de 2011
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Nota:
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De acuerdo con lo previsto en el Decreto 2463 del 2001, los honorarios de las juntas de calificación de invalidez por los dictámenes emitidos se distribuyen de la siguiente manera: 15% a cada uno de los cuatro miembros, para completar el 60%, y el 40% restante se utiliza en los gastos de administración de la junta. Así lo indicó el Ministerio de la Protección Social, en concepto de febrero.
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