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Actualizado hace 1 hour | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Laboral


Incorporan medidas contra abusos en recobro de medicamentos a las relaciones entre prestadores de servicios de salud y responsables de su pago (8:35 a.m.)

18 de Agosto de 2011

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Nota:
76225
El Ministerio de la Protección Social modificó recientemente la Resolución 3047 del 2008, que reglamentó las relaciones entre los prestadores de servicios de salud y las entidades responsables del pago de esos servicios (EPS, entes territoriales, ARP, etc.). La nueva disposición incorporó al manual de glosas, devoluciones y respuestas, adoptado mediante dicha norma, las medidas contra el abuso en el recobro de medicamentos no incluidos en el Plan Obligatorio de Salud (POS) previstas en el Decreto 4474 del 2010. De esta forma, se generará glosa por tarifa cuando los valores facturados por medicamentos no POS, que reconoce el Estado a través del Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga), superen los topes previstos por el Gobierno. Glosas son las inconsistencias en la facturación de servicios de salud, detectadas por las entidades responsables de su pago durante la revisión integral, que deben solucionar los prestadores.

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