Imparten instrucciones para el reconocimiento y pago de la UPC de afiliados al régimen subsidiado no registrados en la BDUA (3:14 p.m.)
26 de Mayo de 2011
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Nota:
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Con el propósito de reconocer y cancelar las unidades de pago por capitación (UPC) correspondientes al periodo comprendido entre el 1° de junio del 2010 y el 31 de marzo del 2011 de los usuarios del régimen subsidiado no registrados en la Base de Datos Única de Afiliados (BDUA), en virtud del nuevo procedimiento de giro previsto en el Decreto 415 del pasado 14 de febrero, el Ministerio de la Protección Social expidió recientemente la Circular Externa 28. La norma también les permitirá a los gobernadores, alcaldes, directores departamentales, distritales y municipales de salud y a los representantes legales de las EPS realizar la etapa de liquidación de los contratos de aseguramiento que terminaron su vigencia en marzo de este año.
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