Harían ajustes en el descuento de dineros reconocidos sin justa causa en giro directo de recursos a EPS e IPS (10:51 a.m.)
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22 de Septiembre de 2014
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El Ministerio de Salud publicó un proyecto de norma para modificar el artículo 17 del Decreto 971 del 2011, para precisar las condiciones en que debería efectuarse el descuento inmediato de los recursos reconocidos y girados sin justa causa del régimen subsidiado, por deficiencias en la información. Por ejemplo, plantea que cuando el sistema, con base en la identificación de afiliaciones y cotizaciones realizadas al régimen contributivo, deba reconocer montos por concepto de unidades de pago por capitación (UPC) en forma retroactiva a dicho régimen, el administrador fiduciario de los recursos del Fosyga descontará en forma automática de los siguientes giros del proceso de liquidación mensual de afiliados (LMA) las UPC previamente pagadas al régimen subsidiado que correspondan a dichos afiliados y a los mismos periodos. El ministerio recibirá observaciones y comentarios en el correo jpenuela@minsalud.gov.co en la línea 3305000, extensiones 1921; hasta hoy 22 de septiembre a las 5:00 p.m.
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