14 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 6 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Laboral


Hacen modificaciones al reporte de información de atención en salud a víctimas de accidente de tránsito (11:52 a.m.)

09 de Marzo de 2020

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Nota:
116265
El reporte de la información de atención en salud a víctimas de accidentes de tránsito se efectuará a través del Sistema de información de reporte de atenciones en salud a víctimas de accidentes de tránsito (Siras), por los prestadores de servicios de salud, previo registro en la estructura establecida en el anexo técnico 1 y los centros reguladores de urgencias, emergencias y desastres (Crue) en la estructura del anexo técnico 2, definidos en la Resolución 0311 del Ministerio de Salud, cuya norma hace algunas modificaciones a lo dispuesto en la Resolución 3823 del 2016. El Siras deberá operar las 24 horas, los 365 días del año, disponer de servicios para realizar el cargue consolidado de la información, de canales de atención y soporte técnico para atender los requerimientos que puedan presentarse en la transmisión de la información vía web y notificar de manera inmediata la respectiva constancia del cargue. En ningún caso la operación del sistema generará costo alguno. Las compañías aseguradoras autorizadas para operar el SOAT deberán disponer los datos del sistema de información centralizado al Ministerio de Salud, para que este a su vez los ponga a disposición de la Superintendencia de Salud y a la Adres.

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