Gobierno sí puede disponer sobre el traslado excepcional de afiliados a una EPS (10:41 a.m.)
24 de Julio de 2012
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Nota:
82040
El Gobierno sí tenía competencia para disponer sobre el traslado excepcional y temporal de afiliados de una EPS que deja de operar a otra, indicó la Sección Primera del Consejo de Estado. En sentencia del pasado 20 de junio, el alto tribunal negó la nulidad de algunos artículos del Decreto 055 del 2007, mediante el cual se tomó esa medida, y aseguró que el hecho de que el Estado asuma a través de las EPS públicas las acciones derivadas del traslado masivo de los afiliados de una entidad liquidada no genera desigualdad (C.P. María Elizabeth García).
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