Gobierno presenta cartilla del servicio doméstico y respalda iniciativa sobre prima de servicios para estos trabajadores (9:08 a.m.)
23 de Julio de 2015
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Los derechos de los trabajadores del servicio doméstico, como salario mínimo, cesantías, intereses de cesantías, vacaciones, dotación y afiliación a las cajas de compensación familiar fueron reiterados por el viceministro de Empleo y Pensiones, Luis Ernesto Gómez. De otra parte, al conmemorarse el Día internacional del trabajo doméstico, desde el Ministerio del Trabajo se recordó que se considera como trabajadores de este servicio a todo el personal que labora para un hogar, e incluye choferes, jardineros y cuidadores de fincas, los que tendrán una jornada laboral de 10 horas como máximo y con derecho a un día de descanso remunerado si han laborado 6 días a la semana, a pago de dominicales, festivos y horas extras. De igual manera, el ministerio indicó que apoya el Proyecto de ley 003/15C, con el que se busca el reconocimiento de prima de servicios a los trabajadores del servicio doméstico en Colombia. Igualmente, precisó que si la persona trabaja por días, según el Decreto 2616 del 2013, se efectúa la cotización a pensiones, riesgos laborales y caja de compensación de acuerdo a los días laborados a la semana, subsistiendo la afiliación al régimen subsidiado de salud. Para obtener más información sobre el tema, el Gobierno publicó la cartilla del servicio doméstico. Este material sirve para aclarar los conceptos básicos en materia de jornada laboral, salario, pago de trabajo dominical y festivo, seguridad social y liquidación de prestaciones, entre otros. Así, de manera didáctica, el Ejecutivo busca resolver los interrogantes más comunes relacionados con la contratación de personas para realizar las labores domésticas y, de la misma forma, aquellos que los trabajadores puedan tener en relación con sus derechos y deberes. Esta cartilla, que se fundamenta en las normas legales vigentes, también busca servir de apoyo legal para facilitar la relación entre el empleador y el trabajador.
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