Funciones señaladas en estatutos no implican relación de subordinación (8:53 a.m.)
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11 de Enero de 2013
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Las funciones establecidas para una persona en los estatutos de una persona jurídica no constituyen una prueba de la que se pueda concluir que entre las partes existió un vínculo laboral subordinado. Para la Corte Suprema de Justicia, las solas funciones no son indicativas de la presencia de la subordinación y no demuestran la manera como se desarrolló en la realidad la relación de trabajo (M.P. Francisco Javier Ricaurte Gómez).
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