Fuero circunstancial aplica a los trabajadores comunes y ordinarios de una empresa (9:45 a.m.)
10 de Abril de 2013
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Nota:
87698
El fuero circunstancial previsto en el artículo 25 del Decreto 2351 de 1965 aplica a los trabajadores comunes y ordinarios de una empresa mientras se realiza la negociación colectiva, pero no cobija a los empleados que ostentan un poder de dirección y se confunden con el patrón. Así lo reiteró la Sala Laboral de la Corte Suprema al señalar que extender ese beneficio a estos últimos implicaría permitirles que fueran juez y parte en el conflicto colectivo. Además, no es correcto equiparar a los altos directivos de la empresa con los trabajadores rasos, agregó. Sin embargo, la corporación aclaró que el juez debe evaluar el caso concreto y determinar la protección, porque no cualquier representación del empleador amerita la exclusión de los beneficios de la negociación colectiva (M. P. Jorge Mauricio Burgos).
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