Expropiación del San Juan de Dios obedece a defensa del patrimonio público prevista en el plan de desarrollo: Alcaldía de Bogotá (11:30 a.m.)
16 de Julio de 2015
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Nota:
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Teniendo en cuenta la expedición del Decreto 263 del 2015, por el cual se declararon condiciones de urgencia por razones de utilidad pública e interés social para la adquisición por enajenación voluntaria o expropiación administrativa del complejo hospitalario San Juan de Dios, publicado en LEGISmóvil el pasado martes 14 de julio, la administración de Bogotá manifestó que, entre otras razones, la medida obedece a la defensa del patrimonio público prevista en el artículo 4° del Acuerdo 489 del 2012 (actual plan de desarrollo), que ordena la protección, restauración y reapertura de este patrimonio cultural, así como la sujeción a la Ley 388 de 1997. Así mismo, indicó que se han venido ejerciendo desde marzo de este año sobre los terrenos y el complejo de edificios las acciones de ocupación y dominio legales, en cumplimiento del plan de gobierno y la ley, algunas de las cuales son obras que serán entregadas en noviembre del 2015. Como parte de las acciones sociales, agregó, se está realizando la caracterización de las familias de los trabajadores que habitan el predio, con el fin de establecer su situación laboral, de salud y familiar, para tomar medidas que solucionen estas circunstancias. Por su parte, la Superintendencia de Notariado y Registro aclaró que la Actuación Administrativa 236- 2014, que busca establecer la real situación jurídica de las matrículas inmobiliarias involucradas en este proceso, seguirá su curso dentro de los términos de ley y con la mayor diligencia y cuidado que amerita el estudio de un expediente de esta envergadura.
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