Entidades públicas que no realizaron aportes al Seguro Social deben responder por ese tiempo, mediante bono o cuota parte (8:20 a.m.)
25 de Octubre de 2011
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Nota:
76707
Si el Seguro Social no había iniciado la cobertura en el municipio para la época en la cual una persona empezó a trabajar, el empleador no podía efectuar los aportes para pensión, pues no se había implementado el proceso. Por lo tanto, en el caso de una entidad pública, esta debe responder por el tiempo correspondiente, ya sea mediante la emisión del bono pensional o asumiendo la respectiva cuota parte a prorrata del tiempo laborado, una vez se dé inicio a los trámites para la pensión, si se cumplen los requisitos exigidos. Así lo indicó el Ministerio de la Protección Social, en reciente oficio.
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