11 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 15 seconds | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Laboral


En caso de supresión del cargo, solo los empleados de carrera administrativa tendrán derecho preferencial a ser reintegrados (4:25 p.m.)

13 de Agosto de 2010

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Nota:
68159
La Corte Constitucional dio a conocer el fallo mediante el cual respaldó la disposición de la Ley 909 del 2004 que otorga un trato preferencial a los empleados de carrera administrativa que han sido separados de sus cargos por supresión o por restructuración, o fusión de entidades. La sala explicó que no se vulnera el principio de igualdad, pues quienes pertenecen a la carrera y los que están excluidos de ella no se encuentran en la misma situación. Las personas que concursan para dichos cargos deben reunir un conjunto de condiciones de mérito y solo cuando demuestran que cumplen con los requisitos para acceder pueden ocuparlos. Además, los empleados públicos que ejercen de manera provisional un cargo de carrera no están desprotegidos, ya que la misma jurisprudencia les ha conferido protección intermedia y obliga al empleador a motivar su desvinculación (M. P. Mauricio González Cuervo).

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