Empleador tiene la facultad de modificar condiciones de modo y lugar del trabajo, pero no sus elementos esenciales como salario y jornada (4:29 p.m.)
12 de Enero de 2011
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Nota:
70820
El Ministerio de la Protección Social explicó que aunque el ius variandi es la facultad entregada al empleador para modificar las condiciones del trabajador en cuanto al modo, lugar, tiempo o cantidad de trabajo, esta figura no lo faculta para modificar los elementos esenciales del contrato de trabajo, como son el salario, la jornada y las funciones, pues los derechos laborales tienen el carácter de irrenunciables. Reiteró que en todo contrato las partes deben estar de acuerdo sobre las condiciones y términos del mismo, por lo que las modificaciones deben obedecer al consenso entre las partes y a criterios de justicia y proporcionalidad.
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