Empleador tiene la facultad de modificar condiciones de modo y lugar del trabajo, pero no sus elementos esenciales como salario y jornada (4:29 p.m.)
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12 de Enero de 2011
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El Ministerio de la Protección Social explicó que aunque el ius variandi es la facultad entregada al empleador para modificar las condiciones del trabajador en cuanto al modo, lugar, tiempo o cantidad de trabajo, esta figura no lo faculta para modificar los elementos esenciales del contrato de trabajo, como son el salario, la jornada y las funciones, pues los derechos laborales tienen el carácter de irrenunciables. Reiteró que en todo contrato las partes deben estar de acuerdo sobre las condiciones y términos del mismo, por lo que las modificaciones deben obedecer al consenso entre las partes y a criterios de justicia y proporcionalidad.
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