Empleador debe cancelar prima de servicios, aunque el vínculo laboral finalice durante el periodo de prueba (12:13 p.m.)
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19 de Abril de 2011
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Aunque la finalización del vínculo laboral durante el periodo de prueba, cuando este ha sido acordado por escrito por las partes, no genera el pago de la indemnización de perjuicios, sí es deber del empleador cancelar todos los derechos y acreencias laborales propios del contrato de trabajo, como es el caso de la prima de servicios, en proporción al tiempo laborado, cualquiera que sea su duración. Así lo precisó el Ministerio de la Protección Social, en reciente oficio.
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