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El trámite directo de incapacidades no le permite al empleador acceder a la historia clínica de los trabajadores (2:36 p.m.)

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13 de Junio de 2012

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En cumplimiento de la obligación prevista en el artículo 121 del Decreto 19 del 2012 (Decreto-ley antitrámites), según el cual corresponde al empleador adelantar de manera directa el trámite para el reconocimiento de incapacidades por enfermedad general y licencias de maternidad y paternidad, la empresa no puede solicitar resúmenes de historias clínicas ni pretender acceder a ellas total o parcialmente, pues el documento es sometido a reserva y dentro de los terceros que pueden acceder a él con autorización del paciente o en los casos previstos en la ley no está el empleador. Así lo precisó el Ministerio de Salud, en concepto de abril.

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