El Presidente debe determinar quién será el sucesor procesal para hacer efectivas condenas contra ISS en liquidación por fallas en la prestación del servicio de salud (4:59 p.m.)
26 de Septiembre de 2014
Reproducir
Nota:
63559
En una sentencia que declaró patrimonialmente responsable al Instituto de Seguros Sociales (ISS) por los perjuicios en la salud física y mental ocasionados a un menor que no se atendió en debida forma al momento de su nacimiento, el Consejo de Estado le comunicó al Presidente de la República que, en el marco de sus competencias y en desarrollo del artículo 2º de la Convención Americana de Derechos Humanos, debe determinar la persona jurídica que asumirá la posición de sucesor procesal para que se hagan efectivas las condenas contra la Nación por fallas en la prestación del servicio de salud, cuya responsabilidad recae sobre el (ISS) en liquidación. En opinión de la Sección Tercera, las obligaciones que surgen como consecuencia de la declaratoria de responsabilidad patrimonial del Estado deben ser entendidas como obligaciones privilegiadas que se encuentran en primer nivel de prevalencia crediticia. Por lo tanto, los agentes liquidadores que desconozcan estos parámetros estarían violando la Constitución y la Convención Americana de Derechos Humanos, ya que no puede existir ninguna excusa para no cumplir y pagar las reparaciones a que tienen derecho las víctimas (C. P. Enrique Gil Botero).
Opina, Comenta