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El juez no puede seleccionar normativa incompatible, en virtud del principio de inescindibilidad (3:00 p.m.)

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16 de Mayo de 2013

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La Corte Suprema de Justicia decidió no casar la sentencia que negó la existencia de un contrato laboral indefinido en Ecopetrol, teniendo en cuenta que es indudable la incompatibilidad en la aplicación de dos regímenes, esto es, el convencional y el Acuerdo 1 de 1977, para aquellos trabajadores que se acogieran voluntariamente a las disposiciones de la convención colectiva de trabajo. En este sentido, la Sala Laboral señaló que, en virtud del principio de inescindibilidad, el juez, no puede seleccionar disposiciones diferentes de dos o más normativas incompatibles entre sí (M. P. Jorge Mauricio Burgos Ruiz).

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