Diligenciamiento y expedición del certificado de defunción no generará costo adicional para el usuario o su familia (10:55 a.m.)
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27 de Diciembre de 2011
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La Secretaría de Salud de Bogotá, mediante Resolución 463 del 17 de mayo del 2011, reglamentó el proceso de certificación de la defunción en la ciudad, para lograr el adecuado funcionamiento del sistema de vigilancia en salud pública y del comité de estadísticas vitales, según las disposiciones vigentes. De acuerdo con la norma, el diligenciamiento y expedición del certificado de defunción no generará costo adicional para el usuario o su familia; para garantizar la calidad de la información, se requerirá la previa inspección del cadáver y el registro documental del hecho en historia clínica; en los casos en que se requiera practicar necropsia clínica o médico legal, el asegurador deberá garantizar su realización y el traslado del cadáver, si es necesario. El texto fue publicado en el Registro Distrital 4790 del pasado 12 de diciembre.
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