Despido de la trabajadora embarazada o en época de lactancia con desconocimiento de las normas que la protegen no produce efectos (1:30 p.m.)
19 de Mayo de 2011
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Nota:
73608
El desconocimiento de las normas que establecen la protección a la trabajadora en estado de embarazo y la prohibición de despedir por parte del empleador hacen que la terminación del vínculo laboral no produzca ninguna consecuencia jurídica, por lo que este se mantiene y la trabajadora, al seguir bajo las órdenes del empleador, aunque este no utilice sus servicios, conserva su derecho a percibir los salarios y las prestaciones sociales correspondientes, indicó el Ministerio de la Protección Social. El Código Sustantivo del Trabajo establece que la trabajadora está protegida por la prohibición de despido originado en embarazo o lactancia, hasta los primeros seis meses de edad del bebé. Sin embargo, solo hasta cumplidos los primeros tres meses posteriores al parto aplica dicha restricción sin autorización previa.
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