Definen estándar de datos para medicamentos de uso humano (11:03 a.m.)
02 de Septiembre de 2015
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Nota:
103326
Con la finalidad de estandarizar los datos de medicamentos de uso humano y facilitar la interoperabilidad de los agentes en materia de medicamentos, el Gobierno definió e implementó el estándar de datos para los medicamentos de uso humano en Colombia, establecidos en los anexos técnicos 1, 2, 3 y 4 de la Resolución 3166 del Ministerio de Salud. Para efectos del estándar de datos, el medicamento se describe en tres niveles: descripción común, comercial y con presentación comercial. Cada uno de los niveles tiene dos tipos de atributos: básicos, son aquellos que describen de manera única al medicamento, en cada uno de los tres niveles. Cualquier cambio en estos atributos originará un nuevo medicamento y complementarios, son aquellos para los cuales un cambio en su valor no origina una nueva medicina. Los atributos del estándar se fijaron en los anexos 1 y 3 “Descripción de atributos del estándar de datos de medicamentos” y “Formato de la descripción de los niveles”, respectivamente.
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