11 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 4 minutes | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Laboral


Decretos reglamentarios únicosEsta es la norma contra la tercerización laboral ilegal (3:27 p.m.)

11 de Abril de 2016

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Nota:
106635
Para precisar y aclarar el alcance del artículo 63 de la Ley 1429 del 2010, en lo referente a la contratación de personal a través de otras modalidades de vinculación, el Gobierno expidió un decreto. La norma recuerda que tercerización laboral ilegal se presenta cuando una institución y/o empresa pública y/o privada coincida con dos elementos: vincule personal para el desarrollo de las actividades misionales permanentes a través de un proveedor (instituciones, empresas, personas naturales o jurídicas, u otras modalidades contractuales, sociales o cooperativas, públicas o privadas) y que vincule personas de una forma que afecte los derechos constitucionales, legales y prestacionales consagrados en las normas laborales vigentes. De igual manera, regula temas como el principio de realidad y define nueve elementos indicativos de la tercerización ilegal. Por otra parte, indica que a quienes incurran en dichas prácticas se les impondrán, a través de las direcciones territoriales del Ministerio del Trabajo, sanciones consistentes en multas hasta de 5.000 smmlv, según lo previsto en el artículo 63 de la Ley 1429 y el artículo 7º de la Ley 1610 del 2013, según el número total de trabajadores con base en los parámetros señalados en el artículo 50 del Código de Procedimiento Administrativo y lo de Contencioso Administrativo, el artículo 12 de la Ley 1610 del 2013 y el artículo 2.2.8.1.49 del Decreto 1072 del 2015, único reglamentario del sector.

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