Decreto garantiza acceso a salud, pensión y riesgos laborales para recicladores
La norma incorpora a los recicladores al sistema de seguridad social mediante mecanismos como BEPS, PSAP y afiliación al régimen subsidiado de salud.Openx [71](300x120)
19 de Marzo de 2026
El Ministerio del Trabajo creó la red de protección social para la vida de las personas recicladoras de oficio, incorporada al decreto único reglamentario del sector Trabajo (1072/15).
La norma busca garantizar el acceso efectivo a la seguridad social de esta población, reconocida como trabajadora independiente y asociada a organizaciones de recicladores, cuyos ingresos son inferiores a un salario mínimo mensual legal vigente. (Lea: Gobierno modifica subsidios para facilitar compra de vivienda usada a población vulnerable)
Componentes del sistema de protección
La red articula cuatro componentes principales: salud, pensión, protección económica para la vejez y riesgos laborales. En salud se asegura la permanencia y priorización en el régimen subsidiado. En pensión se habilita el acceso al programa de subsidio al aporte pensional (PSAP) y, de forma complementaria, al mecanismo de beneficios económicos periódicos (BEPS), así como al programa Colombia Mayor, de acuerdo con los requisitos establecidos.
Rol de las organizaciones de recicladores
El decreto asigna a las organizaciones de recicladores de oficio (ORO) la responsabilidad de afiliar a sus asociados al sistema general de riesgos laborales, asumir el pago de los aportes y garantizar su inclusión en los sistemas de seguridad y salud en el trabajo. Asimismo, estas organizaciones podrán realizar aportes como terceros al programa BEPS, hasta un valor de referencia del 5 % del ingreso mensual, sin afectar la voluntariedad ni los ingresos del reciclador.
Implementación y entrada en vigencia
La norma establece una implementación progresiva que requiere ajustes técnicos, regulatorios y de interoperabilidad entre entidades nacionales y territoriales. Entre estos, se incluyen adecuaciones en el sistema único de información (SUI) y en la planilla integrada de liquidación de aportes (PILA). El decreto entrará en vigencia el 1° de julio del 2026, fecha a partir de la cual se aplicarán las disposiciones para la formalización y protección social integral de los recicladores de oficio.
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