Cuando los trabajadores requieran nueva dotación, por condiciones especiales, el empleador debería suministrarla (2:29 p.m.)
12 de Enero de 2011
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Nota:
70825
Al resolver una consulta sobre el suministro adicional de dotación a una empleada en estado de embarazo, el Ministerio de la Protección Social explicó que aunque no existe una norma que reglamente dichas entregas, por las circunstancias especiales del trabajador o del cargo, sí estableció unos derechos mínimos en cuanto a las fechas de entrega y condiciones en la dotación de calzado y vestido de labor. Recomendó que si una trabajadora, por su estado de embarazo, requiere nueva dotación, dada su especial condición, el empleador debería suministrarla.
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