Corte Suprema recuerda la diferencia entre la calidad de pensionado y los factores económicos que integran la base salarial de la pensión (4:18 p.m.)
17 de Abril de 2012
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Nota:
80423
La Corte Suprema de Justicia recordó que no puede confundirse la calidad de pensionado, de carácter permanente y generalmente vitalicio, con los factores económicos que integran la base salarial de la pensión, que nacen de manera individual y autónoma. De esta forma, reiteró que mientras el derecho a la pensión es imprescriptible, esto es, que no se pierde la calidad de pensionado, las mesadas pensionales sí prescriben. Por ello, los factores salariales que no se hubieren cobrado por su beneficiario durante el término prescriptivo común del derecho laboral se pueden perder. De otra parte, aclaró que el principio de progresividad se predica de la normativa, mas no de las posiciones jurisprudenciales (M.P. Francisco Javier Ricaurte Gómez).
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