Corte reitera que empleadores deben mantener relación laboral con trabajadores que necesiten calificación de su enfermedad (11:40 a.m.)
29 de Septiembre de 2010
Reproducir
Nota:
69085
Para que el amparo de tutela proceda frente a un despido injustificado por presunta vulneración al derecho a la igualdad de un enfermo, debe probarse que la desvinculación se basó en las limitaciones físicas, psíquicas o sensoriales del trabajador y que tal conducta constituyó una discriminación. En fallo de tutela, la Corte Constitucional amparó el derecho al trabajo de una mujer que fue desvinculada laboralmente pese a la recomendación del inspector del trabajo del Ministerio de la Protección Social, pues requería de una segunda calificación acerca del origen de su enfermedad y tenía tratamientos médicos pendientes. Según la sala, la terminación del contrato sin justa causa puso a la demandante en una delicada situación de vulnerabilidad y frente a un posible perjuicio irremediable, pues al empleador le asistía la obligación de mantener vigente la relación laboral hasta determinar los derechos prestacionales del trabajador, situación que se define cuando exista la calificación de la enfermedad (M. P. Juan Carlos Henao).
Opina, Comenta