Copia de la factura para efectuar recobros por el suministro intrahospitalario de medicamentos no POS es una buena medida de control (9:58 a.m.)
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25 de Agosto de 2014
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Exigir a las entidades promotoras de salud copia de la factura de compra de los medicamentos no POS suministrados intrahospitalariamente y que la misma cumpla los requisitos previstos en el Estatuto Tributario, para efectos de realizar recobros ante el Fosyga, son medidas de protección que permiten el debido manejo y defensa de los recursos públicos, en cumplimiento de los principios de eficiencia, moralidad y transparencia que deben regir a las actuaciones administrativas, precisó el Consejo de Estado. Así mismo, indicó que se trata de un mecanismo de control, para corroborar que el valor que la EPS está cobrando sea el mismo que pagó a la IPS, evitando fraudes y pagos indebidos para proteger los recursos del mencionado fondo y el interés general. En consecuencia, la corporación negó la nulidad de algunos apartes de la Resolución 1089 del 2011 (C. P. María Elizabeth García González).
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