Omisión en la actualización de información del Fosyga sobre sus afiliados puede vulnerar el derecho a la salud y al hábeas data de beneficiarios (11:55 a.m.)
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13 de Junio de 2012
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La omisión en la actualización y corrección de la información de afiliados a las entidades promotoras de salud del régimen subsidiado (EPS-S) en el Fosyga vulnera los derechos de hábeas data y a la salud, porque impide la prestación del servicio a los afiliados a través del régimen subsidiado, señaló el Consejo de Estado. Por tal razón, la Sección Cuarta confirmó el amparo del derecho a la salud y al hábeas data de una mujer y su hijo menor de edad a quienes se les negó el acceso al servicio de salud integrado del régimen subsidiado en la ciudad de Manizales porque registra una afiliación en otro municipio, pese a que el funcionario de la EPS certificó el retiro de la accionante como afiliada a dicha entidad. La Sala explicó que la información contenida en la base de datos que administra Fosyga no ha sido actualizada por las entidades accionadas, lo que genera vulneración de derechos fundamentales (C. P. William Giraldo Giraldo).
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