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Actualizado hace 1 hora | ISSN: 2805-6396

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Laboral


Licencia de paternidad requiere la cotización de mínimo dos semanas previas a su causación

18 de Septiembre de 2017

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Nota:
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El requisito de aportes al sistema de seguridad social durante todo el periodo de gestación de la madre para causar la licencia de paternidad operó hasta antes de ser expedida la Ley 1468 del 2011, por la cual se amplió la licencia de maternidad de 12 a 14 semanas.

 

A partir de esta disposición, el requisito a exigir es la cotización de mínimo dos semanas previas a la fecha de la licencia, pues la ley no determinó de forma expresa el periodo mínimo que debe ser cotizado por parte del padre y, por el contrario, de forma abstracta y amplia indicó “semanas previas”.

 

Así las cosas, en concepto de la Superintendencia de Salud, no pueden admitirse interpretaciones soportadas en pronunciamientos judiciales que no están vigentes o en normas anteriores que regulan situaciones jurídicas distintas.

 

De acuerdo con lo previsto en el artículo 236 del Código Sustantivo del Trabajo, el padre tiene derecho a ocho días hábiles de licencia remunerada, lapso que compromete días inhábiles, por lo que no es lógica la interpretación exegética de que la licencia corresponde únicamente a ocho días hábiles remunerados, pues implicaría interrumpir el disfrute del descanso al suspender el cubrimiento económico.

 

Además de limitar el derecho al descanso, se vulneraría el derecho del menor al acompañamiento de su padre, porque se dejaría desprotegido al trabajador durante los días inhábiles. Debe entenderse que el beneficiario de la licencia tiene derecho a ocho días hábiles dentro de su periodo de descanso remunerado, sin que solo estos sean objeto del mencionado cubrimiento.

 

Cabe anotar que la Ley 1822 del 2017 modificó los artículos 236 y 239 del Código Sustantivo del Trabajo, en el sentido de ampliar la licencia de maternidad de 14 a 18 semanas. No estableció ninguna modificación en cuanto a los ocho días hábiles de la licencia de paternidad y también se refirió a la cotización durante las semanas previas.

 

Supersalud, Sentencia 2017-147, Mar. 13/17

 

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