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Consejo de Estado reiteró que los nombramientos de las listas de elegibles solo se hacen para los cargos convocados (9:25 a.m.)

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09 de Diciembre de 2011

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El Consejo de Estado reiteró que el nominador no puede terminar los contratos de empleados provisionales para implementar el sistema de carrera cuando se supera el número de los cargos ofertados en el proceso de selección. Por tal razón, la Sección Segunda señaló que la Fiscalía General de la Nación le vulneró los derechos al debido proceso y al trabajo a una mujer a la que se le terminó el nombramiento en provisionalidad para disponer su remplazo de la lista de elegibles correspondiente a la convocatoria 02 del 2007, pues ya se habían realizado los nombramientos de las vacantes ofertadas en el concurso público. La Sala determinó que antes de nombrar al remplazo de la accionante se habían proveído las 732 vacantes de fiscal delegado ante jueces de circuito, objeto de la convocatoria, por lo que la entidad accionada debía abstenerse de realizar más nombramientos del registro de elegibles, pues existía un límite de cargos que fueron objeto del proceso de selección. El alto tribunal dejó sin efectos el acto de desvinculación y ordenó el reintegro de la funcionaria (C. P. Gerardo Arenas).

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