Consejo de Estado aclara las diferencias entre la acción de nulidad y restablecimiento del derecho y la de reparación directa (12:20 p.m.)
19 de Octubre de 2010
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Nota:
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El Consejo de Estado aclaró que entre la acción de nulidad y restablecimiento del derecho y la de reparación directa existen diferencias. Entre ellas, que la de nulidad se origina en un acto administrativo que se considera ilegal, mientras que la de reparación se genera en un hecho, una omisión, una operación administrativa o la ocupación temporal o permanente de un inmueble a causa de trabajos públicos o cualquier otra causa. El consejo conoció una demanda de reparación interpuesta para reclamar la indemnización por una vinculación legal y reglamentaria que debió hacerse por medio de un contrato de trabajo. A su juicio, se debió impugnar el acto administrativo que negó el reconocimiento y pago de salarios y prestaciones sociales a través de una acción de nulidad y restablecimiento del derecho. En esa medida, debía declararse una indebida escogencia de la acción (C.P. Gladys Agudelo Ordoñez).
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