Conciliación pierde validez si presenta algún vicio del consentimiento u objeto ilícito (8:00 a.m.)
21 de Abril de 2016
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Nota:
106483
La Corte Suprema de Justicia recordó que la conciliación constituye un mecanismo alternativo de resolución de conflictos por medio del cual dos o más personas con capacidad jurídica solucionan sus controversias, con la supervisión de un tercero neutral y calificado para tal fin. Así mismo, indicó que en este acto jurídico se ve plasmado el consentimiento y la voluntad de las partes intervinientes, conformando un acuerdo de voluntades en pro de dar por terminado un conflicto existente o eventual, el cual tiene los mismos efectos jurídicos que una sentencia judicial, puesto que la conciliación hace tránsito a cosa juzgada y presta mérito ejecutivo. Según el análisis de la Sala de Casación Laboral, para que una conciliación pierda su validez se debe demostrar que presenta algún vicio del consentimiento, como el error, la fuerza y el dolo o que tiene objeto ilícito, lesionando los derechos ciertos e indiscutibles o mínimos e irrenunciables. La alta corporación de justicia, además, concluyó que no puede calificarse de ilícita la figura jurídica de la conciliación, toda vez que esta institución es concebida como un acto serio y responsable entre las personas que los celebran y como una fuente de paz y seguridad jurídica (M. P.: Rigoberto Echeverri Bueno).
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