Conciliación laboral busca solucionar conflictos tanto existentes como eventuales (4:56 p.m.)
08 de Junio de 2016
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Nota:
107003
La Sala Laboral de la Corte Suprema recordó que la conciliación de carácter laboral es un acto jurídico en el cual intervienen sujetos con capacidad jurídica en donde su consentimiento y voluntad están encaminados a dar por terminado un conflicto existente o eventual. Además, recalcó, por tratarse de un negocio jurídico en el que se verifica un acuerdo de voluntades, que además es supervisado por un tercero calificado, hace tránsito a cosa juzgada y presta mérito ejecutivo. Con esos argumentos, el alto tribunal negó la procedencia del recurso de casación contra la decisión en la que un tribunal concluyó que el querer de las partes al celebrar conciliación a la culminación del vínculo laboral era también poner fin a los reclamos que tuviera el trabajador, pasados, presentes o futuros, para precaver un litigio (M. P. Gerardo Botero Zuluaga).
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