Circular sobre cobertura de servicios de salud para pacientes con VIH no es un acto administrativo definitivo ( 8:40 a.m.)
19 de Septiembre de 2013
Reproducir
Nota:
91564
La Sección Primera del Consejo de Estado señaló que la Circular 0063 del 2007, sobre la cobertura de servicios de salud y la obligatoriedad de realización de pruebas diagnósticas y confirmatorias para VIH, no es enjuiciable ante la jurisdicción contencioso administrativa, porque se trata de un acto de servicio del Ministerio de la Protección Social (hoy Ministerio de Salud) que se limita a reproducir el contenido de otras normas, sin alterar lo contemplado en ellas. A juicio del alto tribunal, el documento no constituye un acto administrativo que cree, modifique o extinga una situación capaz de producir efectos jurídicos. Con estos argumentos, la sala se declaró inhibida para pronunciarse sobre la demanda de nulidad contra la circular que recuerda la obligación a cargo de las EPS de garantizar la atención a quienes padezcan VIH/Sida (C. P. María Elizabeth García González).
Opina, Comenta