Asociaciones de pensionados se rigen por sus estatutos o reglamentos administrativos (4:22 p.m.)
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31 de Julio de 2013
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La función del Ministerio del Trabajo respecto a las asociaciones de pensionados se limita únicamente a su inscripción, aprobación de reformas estatutarias, revisión y cancelación de personería jurídica y expedición de certificaciones. Por lo tanto, los asuntos relacionados con las facultades de los órganos de control y administración de la asociación, calidad de sus directivos y miembros y, en general, todos los aspectos relativos a su existencia y funcionamiento deben consignarse en los respectivos estatutos o reglamentos administrativos.
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