Asistencia exclusiva a personas con limitaciones severas y profundas es discriminatoria: Procuraduría (11:14 a.m.)
04 de Noviembre de 2011
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Nota:
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La expresión “severas y profundas”, contenida en el artículo 1º de la Ley 361 de 1997, que excluye a las personas que tienen limitaciones leves y moderadas de la asistencia y protección que establece la ley de integración social constituye una discriminación injustificada y vulnera el derecho a la igualdad. Así lo señaló la Procuraduría General de la Nación al pedirle a la Corte Constitucional que declare inexequible dicha frase. Según el Ministerio Público, la norma discrimina a las personas con limitaciones leves y moderadas, que también están en condición de discapacidad, porque las priva de asistencia.
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